Interpol, la organización internacional que colabora en la captura de delincuentes, es muy celosa de ejecutar una detención que guarde interés político, según se lee en sus reglamentos. Pero en dos casos, uno de ellos relacionado con Venezuela, se le presentó el dilema de dirimir el trasfondo político de los presuntos delincuentes que solicitaban incluir en sus alertas rojas para proceder a la detención en cualquiera de los 194 países miembros de la organización policial, donde se desplazare esa persona.
Se trata de las solicitudes de captura internacional contra el presidente de Estados Unidos, Donald Trump y el empresario Alex Saab. La de Trump, fue a petición de Irán, país que lo acusa del asesinato del general Qasem Soleimani, comandante de las Guardias Revolucionarias de esa nación, ocurrida en el Enero pasado en las cercanías del aeropuerto de Bagdad con aviones no tripulados.
Y a su vez, Estados Unidos requirió el apoyo de Interpol para capturar a Alex Saab, agente del gobierno venezolano detenido en Cabo Verde en junio pasado cuando se encontraban realizando gestiones destinadas a garantizar la obtención de alimentos e insumos médicos para Venezuela, según comunicado de la Cancillería. La detención de Saab fue catalogada de ilegal en ese comunicado porque al momento no existía el código rojo de Interpol, fue incluido horas después por pedido de Estados Unidos, país que le abrió un proceso penal por presunto lavado de dinero.
Para el abogado José Castillo, la Interpol no salió bien parada resolviendo los pedidos de aprehensión de Trump y Saab. Concretada ésta última, con la venia de Interpol, Castillo sostiene que el origen de ese proceso contra el empresario es por su presunta vinculación con un supuesto “narcoestado”, como califica la administración Trump a Venezuela. “El fundamento es que él (Saab) colabora para que Maduro se mantenga en el poder”, señaló Castillo. “Acuérdate que la Fiscalía de EEUU abrió un proceso penal contra el presidente Maduro por narcotráfico y lavado de dinero”, recordó Castillo.
En criterio de Castillo, lo de Saab es “un procedimiento fingido” porque Interpol conocía de antemano que no procedía su detención. “La Interpol, con sede en Francia, obedece a los mismos intereses de las potencias hegemónicas del mundo. No podían detenerlo porque no hay ningún juicio en EEUU sino simplemente una denuncia con carácter mediático y además tiene inmunidad diplomática. Aquí Interpol actúa bajo las órdenes del Departamento de Estado”, resaltó.
Castillo refirió que Cabo Verde, por ser una isla turística, se cuida mucho de cumplir ese tipo de mandamientos de Interpol porque ahuyentaría a los grandes magnates, artistas y empresarios que visitan su territorio. “Allí no hay petróleo, ellos viven de eso (turismo) y si toman una decisión de enviar a Estados Unidos a un empresario como Saab, pueden perder el chivo y el mecate”, alertó.
El abogado, quien asistió al fallecido presidente Hugo Chávez en una demanda ante la Corte Penal Internacional, recordó que el trasfondo político que subyace en la detención de Saab fue confirmado con declaraciones dadas por Mike Pompeo, secretario de Estados de EEUU, quien asevera que el empresario es una pieza clave para el sostenimiento de Maduro en el poder. Y presenta su extradición dentro del esquema de desconocimiento a Maduro como Jefe de Estado. “El ilegítimo régimen de Maduro continúa robando recursos venezolanos para reforzar su control autoritario sobre el pueblo”, escribió Pompeo al anunciar sanciones contra empresas mexicanas ligadas a Saab.
Mientras que, el abogado Luis Alberto Rodríguez Villamizar, admitió que en torno a la detención de Saab existieron muchas presiones, pero ello “no lo hace un caso político”. Aclaró que ahora la pelota está en el campo del sistema judicial de Cabo Verde donde deben evaluar si esa solicitud de extradición presentada por Estados Unidos, cumple con los requisitos de su legislación.
Hasta ahora, Cabo Verde no ha decidido si entrega a Saab a los Estados Unidos o lo deja en libertad. Por los momentos, lo recluyó en la isla donde fue capturado el pasado 12 de junio.
El artículo 3. En cuanto a la petición formulada por Irán para la búsqueda y captura de Trump, Interpol la desechó porque el artículo 3 de sus estatutos le prohíbe a la organización “realizar una interferencia o acción de carácter político, militar, religioso o racial’; por lo tanto, cuando y si tales solicitudes se envían a la Secretaría General, la Interpol no considerará solicitudes de este tipo de acuerdo con las disposiciones de nuestra constitución y normas», declaró una vocera.
En este caso, el abogado Castillo recordó que el delito se comete contra un nativo de Irán, pero en territorio iraquí “y lo comete como autor intelectual, un norteamericano, el presidente de los Estados Unidos”. Además, el Pentágono explicó que la muerte de Soleimani era un disuasivo ordenado por la Casa Blanca debido a que el militar «estaba activamente desarrollando planes para atacar a diplomáticos y personal militar estadounidenses en Irak y en toda la región». Incluso el propio Donald Trump asumió el hecho como una acción “para detener una guerra”.
Castillo aclara que no está a favor o en contra de esa determinación de los organismos internacionales, pero se mete en los zapatos de Irán, país que busca justicia por el asesinato de uno de sus generales. Al respecto, Castillo recordó que Estados Unidos nunca ha tomado en consideración el derecho internacional para llevar a cabo sus acciones bélicas o de otra naturaleza. Puso de ejemplo el juicio que le abrieron a Sadam Hussein (Irak 2006), a Manuel Antonio Noriega (Panamá 1989) y a Maurice Rupert Bishop (Granada, 1983). Tales procesos desembocaron en la invasión a Panamá, el ahorcamiento del presidente Hussein y el fusilamiento del primer ministro Bishop. “Es decir, Interpol es para los pendejos”, concluyó Castillo.
Alertas.
Por su parte, el abogado Rodríguez Villamizar, dijo que “nada obsta” para que la orden de captura contra Trump sea incluida en alerta roja en el sistema de Interpol “si ésta cumple con los requisitos exigidos por la norma interna, ya que tanto Irán como EE. UU., son miembros activos de la organización”.
Pese a ello, Rodríguez Villamizar pondera el aspecto político. “Si Interpol considera que hay alguna connotación política en el procedimiento judicial realizado por el país solicitante de la notificación roja, negara la inclusión de esta en el sistema de búsqueda internacional”, recalcó.
En ese sentido Rodríguez Villamizar considera que las relaciones entre Irán y EE. UU., siempre han sido bastante hostiles desde el punto de vista político y diplomático. “Veo bastante difícil por no decir imposible, que Interpol publique una notificación roja en contra de Trump, a solicitud de Irán, dicha solicitud es un acto de retórica, y publicitario, que no llegara a otro nivel”, concluyó.
Las notificaciones.
Interpol es una organización independiente que fue creada bajo el convenio de 194 países del mundo. Su función es facilitar el intercambio y acceso a información sobre delitos y delincuentes; también ofrece apoyo técnico y operativo de diversa índole a los países miembro, apunta en su sitio de internet.
Cada país miembro cuenta con una Oficina Central Nacional de Interpol (OCN), que mantiene comunicación directa con la Secretaria General y las diferentes dependencias de la organización.
Su estructura está formada por la Secretaría General, las OCN, la Asamblea General y la Comisión de Ficheros.
Sus bases jurídicas son el Estatuto de la organización aprobado en 1956, el reglamento general, el reglamento financiero, el reglamento para el tratamiento de datos, el reglamento interno de la Asamblea General y el Comité Ejecutivo y el Estatuto de la Comisión de Control de Ficheros de Interpol.
El reglamento para el tratamiento de datos es el instrumento jurídico que regula el sistema de alertas de Interpol, donde se encuentran las disposiciones legales para la inclusión de las noticias rojas, con fines de captura para la extradición de un ciudadano que cometió un delito en un país miembro de la organización y no puede ser localizado o se tiene información de que se encuentra en otro país.
Hay ocho tipos de alertas que publica Interpol.
- Notificaciones rojas: Se utilizan para localizar y detener a personas buscadas con miras a su enjuiciamiento o para cumplir condena.
- Notificaciones amarillas: Tienen por objeto localizar a personas desaparecidas, frecuentemente menores, o ayudar a identificar a personas incapaces de identificarse a sí mismas.
- Notificaciones azules: Sirven para recopilar información adicional sobre la identidad de una persona, ubicación o actividades en relación a un delito.
- Notificaciones negras: Se utilizan para conseguir información sobre cadáveres sin identificar.
- Notificaciones verdes: Se utilizan para alertar sobre las actividades delictivas de una persona, si se considera que esta comporta un peligro para la seguridad pública.
- Notificaciones naranjas: Sirven para alertar acerca de un acontecimiento, una persona, un objeto o un procedimiento que supongan un peligro grave e inminente para la seguridad pública.
- Notificaciones moradas: Sirven para buscar o facilitar información sobre modus operandi, objetos, dispositivos y métodos de ocultación utilizados por los delincuentes.
- Notificaciones especiales de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: Se utilizan para informar sobre personas o grupos objeto de sanciones impuestas por las Naciones Unidas.
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